El Convenio STCW (extraído de la Guía STCW para la gente de mar descárgatela! )
La clave para mantener la seguridad de la navegación y la limpieza de nuestros océanos es que la gente de mar de todo el mundo satisfaga altas normas de competencia y profesionalidad en las funciones que desempeña a bordo. El Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar de 1978, enmendado en 1995 y nuevamente en 2010, establece dichas normas, regula la expedición de los títulos y controla las organizaciones de las guardias. Sus disposiciones no solo se aplican a la gente de mar, sino también a los armadores de buques, los centros de formación y las administraciones marítimas nacionales. El Convenio fue aprobado por la Organización Marítima Internacional (OMI) en 1978 y entró en vigor en 1984.
A finales de la década de los 80, quedó claro que el STCW-78 no estaba logrando su objetivo de mejorar las normas profesionales en todo el mundo y por ello, los miembros de la OMI decidieron enmendarlo. Esta enmienda se llevó a cabo a principios de 1990, y el Convenio en su forma enmendada pasó a llamarse el STCW-95. El objetivo de las Enmiendas de Manila de 2010 fue incluir todos los cambios acordados desde 1995, abordar nuevas tecnologías, irregularidades, interpretaciones y disposiciones anticuadas. Se hizo especial hincapié en la mejora de las disposiciones de control y comunicación de la titulación en el Capítulo I y en el cumplimiento de los requisitos específicos de la navegación de alta mar y de cabotaje. Hubo también un compromiso general para armonizar, siempre que fuese posible, el Convenio STCW en su forma enmendada con las disposiciones del Convenio sobre el Trabajo Marítimo de la OMI de 2006. Mientras que el Convenio STCW-78 se centró casi exclusivamente en el conocimiento, el STCW-95 hizo más hincapié en las habilidades prácticas y las competencias respaldadas por el conocimiento teórico. Las enmiendas de 2010 continuaron dando más importancia a la competencia que al periodo de embarco o de formación. Las normas establecidas por el Convenio son aplicables a la gente de mar de todos los rangos que preste servicio a bordo de buques mercantes de navegación marítima registrados bajo el pabellón de un país que sea parte del Convenio. El término “buques de navegación marítima” incluye todos los buques comerciales que realicen viajes nacionales o internacionales. El Convenio STCW no se aplica a la gente de mar que preste servicio en buques de guerra, unidades auxiliares navales y otros buques bajo propiedad o explotación gubernamental que no estén no dedicados a servicios comerciales, en buques de pesca (hay un Convenio separado que cubre al personal a bordo de los buques de pesca), embarcaciones de recreo no dedicadas al comercio y buques de madera de construcción primitiva. El Convenio STCW (95) ya ha sido aceptado por todos los proveedores de mano de obra y los principales registros navales. Estos representan más del 98% de la flota mercante mundial. Al final de esta Guía se incluye una lista de todos los países que forman parte del Convenio en vigor y las fechas de aceptación, pero no indica los países que están implantando totalmente las enmiendas de 2010. Los gobiernos deben informar a la OMI sobre su cumplimiento antes del 1 de enero de 2013.
El Convenio STCW es un libro que consta de tres secciones. 1. Los artículos: exponen las responsabilidades legales que deben cumplir las partes. 2. El anexo: contiene los detalles técnicos sobre cómo se deben cumplir las responsabilidades legales a las que se hace referencia en los artículos. 3. El código STCW: especifica con mayor detalle los detalles técnicos contenidos en el anexo. Contiene la Parte A y la Parte B. Parte A: Normas obligatorias de formación, titulación y guardia. Parte B: Pautas recomendadas (no obligatorias) sobre formación, titulación y guardia. Se recomienda leer el reglamento contenido en el anexo junto con la Sección pertinente del Código STCW (Parte A). Se aconseja a la gente de mar familiarizarse con el Convenio. Al fin y al cabo, las normas de competencia que deben cumplir se especifican en el mismo. Una copia del Convenio STCW se guarda normalmente a bordo de cada buque mercante de navegación marítima.
Extraído de la Guía STCW para la gente de mar, descárgatela!). Son sólo 80 páginas y es muy interesante :)